Suspensi贸nde pagos. Cuando una empresa presenta una suspensi贸n de pagos, significa que se encuentra en una situaci贸n de insolvencia que puede ser de car谩cter transitorio. En esta situaci贸n, se puede dar el Declararseen bancarrota o concurso de acreedores. La Ley Concursal, vigente desde 2004, permite a cualquier persona o unidad familiar declararse en Enel previo recurso de reposici贸n y en el posterior de apelaci贸n la TGSS se opone a la cancelaci贸n de los embargos por considerar (en una s铆ntesis necesaria de sus escritos alegatorios) que lo acordado inicialmente por el Juzgado y lo previsto por el art. 55 LC es la suspensi贸n del procedimiento de apremio, no la cancelaci贸n o levantamiento del
Enun razonamiento l贸gico y careciendo de notificaci贸n -o carta de despido-, hemos de entender que el despido t谩cito se materializa con el hecho categ贸rico que suponga la extinci贸n de la relaci贸n laboral, o el 煤ltimo de ellos si son varios (en este sentido, STS de 8 de julio de 2008; STSJ de Madrid, de 30 de septiembre de 1999; o
Laprincipal diferencia entre ambos conceptos reside en la temporalidad. Mientras que un concurso de acreedores contempla unafalta de liquidez indefinida, la suspensi贸n de pagos es un recurso transitorioque tiene una duraci贸n determinada en el tiempo. La suspensi贸n de pagos suele solucionarse con un See more
Lasuspensi贸n de embargos que acarrea la iniciaci贸n del proceso concursal no es aplicable a los embargos trabados o que pueda trabar la Hacienda P煤blica en el ejercicio de las prerrogativas que para la cobranza de los tributos le confiere el art. 31 LGP, en relaci贸n con el hoy art. 127 LGT, no s贸lo en el caso particular de la suspensi贸n de . 266 90 281 50 74 391 174 99

suspensi贸n de pagos o concurso de acreedores